Imagen – Cámara de Diputados – Bruno Cortés FP, Pexels
La Cámara de Diputados aprobó, tras más de quince horas de debate, la reforma a la Ley de Amparo y modificaciones al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El dictamen, promovido por el Ejecutivo federal, fue avalado con 345 votos a favor, 131 en contra y tres abstenciones, en una sesión marcada por la confrontación política y acusaciones de la oposición sobre una supuesta “retroactividad encubierta”.
La mayoría oficialista defendió que la reforma busca modernizar el juicio de amparo, hacerlo más ágil y fortalecerlo como instrumento de defensa de los derechos humanos, incorporando herramientas digitales y nuevas definiciones jurídicas. Sin embargo, la polémica se centró en el artículo tercero transitorio, modificado para establecer que las etapas procesales concluidas se regirán por la ley vigente al inicio de cada juicio, pero que las actuaciones futuras deberán ajustarse a la nueva legislación.
Para el bloque opositor, esta redacción equivale a aplicar la ley de forma retroactiva en juicios ya iniciados, lo que —advirtieron— podría afectar derechos adquiridos y alterar las condiciones bajo las cuales las partes iniciaron sus procesos. Legisladores de distintos partidos calificaron la modificación como una maniobra que vulnera la Constitución, al permitir que las nuevas reglas se apliquen sobre procedimientos en curso.
Desde la mayoría, los diputados morenistas sostuvieron que no existe retroactividad, sino una aplicación inmediata de normas procesales, conforme a la doctrina jurídica y a la jurisprudencia de la Suprema Corte. Argumentaron que el cambio “no afecta derechos adquiridos” y busca evitar que el juicio de amparo se utilice de forma indiscriminada para frenar actos de interés público o proyectos gubernamentales.
Un debate de madrugada y reservas polémicas
Durante la sesión, que concluyó en la madrugada, se presentaron más de 300 reservas, aunque solo tres fueron aprobadas. La primera, impulsada por Hugo Eric Flores, introdujo la redacción final del artículo transitorio cuestionado; la segunda, de Ricardo Monreal, añadió una disposición que permite negar la suspensión de actos cuando se continúe una actividad sin permisos o concesiones federales vigentes; y la tercera, presentada por Mariana Benítez, ajustó la definición de “interés social” en los casos de suspensión.
El debate se prolongó en un ambiente tenso, con pancartas, gritos y acusaciones cruzadas. Opositores argumentaron que el cambio “abre la puerta a la arbitrariedad” y debilita la principal herramienta de defensa jurídica del país. La mayoría respondió que el objetivo es devolver al amparo su esencia como mecanismo ciudadano frente a abusos de autoridad, evitando su uso como recurso político o empresarial.
Lectura de fondo
La reforma a la Ley de Amparo no solo refleja un ajuste técnico, sino una disputa sobre los límites del poder judicial frente al poder político. El juicio de amparo, históricamente concebido como escudo del ciudadano frente al Estado, enfrenta ahora una reinterpretación que busca “agilizar” su funcionamiento, pero que en los hechos podría reducir su alcance.
El concepto de “retroactividad procesal” se ha convertido en el eje del debate jurídico. Mientras el oficialismo lo defiende como un principio de aplicación inmediata de la ley, los críticos alertan que, en la práctica, puede alterar las reglas del juego para quienes ya están en juicio. Más allá de la semántica legal, la reforma deja abierta una pregunta de fondo: ¿hasta qué punto la modernización del sistema judicial puede justificarse a costa de su independencia y del derecho de los ciudadanos a impugnar actos de autoridad?


